Ver más...Artículo 59.- Cuando el Estado y sus dependencias, o las empresas públicas y privadas con participación económica determinante de aquél intervienen en un proceso civil, cualquiera sea la calificación o ubicación procesal que se les asigne, se someterán al Poder Judicial sin más privilegios que los expresamente señalados en este Código.
Busca tu tema aquí - Google - Lizerindex®
01 marzo 2017
El Estado como parte en el Proceso – Código Procesal Civil
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Buscar en este blog
Criterio de valoración probatoria de la sospecha grave en la prisión preventiva en el delito de lavado de activos
Se ha publicado la tesis del Abg. Jonattan Poul León Segura, tesis titulada: " Criterio de valoración probatoria de la sospecha grave...
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por dejar un Comentario..Lizer® Corp®