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09 marzo 2017

Exhibición – Código Procesal Civil

Artículo  293.- Cuando una persona requiera del esclarecimiento previo de una relación o situación jurídica, puede pedir la exhibición de: 
1.  El testamento del causante por parte de quien se considere sucesor;
2.  Los documentos referentes al bien relacionado con el futuro proceso;
3.  Los estados de cuentas, libros y demás documentos relativos a negocios o bienes en que directamente tiene parte el solicitante; y
4.  Otros bienes muebles materia de un futuro proceso.
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