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22 febrero 2017

Deberes y responsabilidades de los auxiliares jurisdiccionales – Código Procesal Civil

 
Artículo 56.- Los deberes y responsabilidades de los auxiliares de la jurisdicción civil se rigen por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en las normas respectivas.
Los órganos de auxilio judicial se rigen por las leyes y demás disposiciones pertinentes.
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