Cuando se habla de Abuso del Derecho nos referimos a un principio general del derecho que en similitud con otras instituciones jurídicas tiene dos momentos lógicos, una parte fisiológica y una parte patológica.
PARTE FISIOLÓGICA está dentro de los límites de la buena fe, cuando el sujeto que provoca agravios no lo hace de manera intencional o dolosa, y que al notar lo que ha provocado se detiene en el acto. Ejemplo: que ante el reclamo de un vecino que argumenta que por los disparos que se hacen durante todo el día espantan los animales de cacería, entonces te sorprendes y le pides disculpas diciendo que no lo sabías y que ya no volverá a pasar.
PARTE PATOLÓGICA podemos ver que el abuso del derecho se presenta como un agravio que pretende abusar por todos los medios y actuando de manera intencional, se presenta al haber un daño o una amenaza del mismo, o cuando procede por la ineficacia en el caso de una pretensión procesal que de inmediato se considera abusiva. Ejemplo: que a pesar de saber que con los disparos ocasionas que tu vecino no pueda cazar, y a pesar de sus reclamos continúas con el agravio, estarías abusando de tu derecho para provocar un daño.
Estudiante de Derecho IV ciclo – Universidad Cesar Vallejo
Año: 2015 – Lizerindex – La Enciclopedia de Resúmenes
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