Ver más...Artículo 111.- Además de lo dispuesto en el Artículo 110, cuando el Juez considere que el Abogado actúa o ha actuado con temeridad o mala fe, remitirá copia de las actuaciones respectivas a la Presidencia de la Corte Superior, al Ministerio Público y al Colegio de Abogados correspondiente, para las sanciones a que pudiera haber lugar.
Busca tu tema aquí - Google - Lizerindex®
01 marzo 2017
Responsabilidad de los Abogados – Código Procesal Civil
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Buscar en este blog
Criterio de valoración probatoria de la sospecha grave en la prisión preventiva en el delito de lavado de activos
Se ha publicado la tesis del Abg. Jonattan Poul León Segura, tesis titulada: " Criterio de valoración probatoria de la sospecha grave...

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por dejar un Comentario..Lizer® Corp®